Ciudadanía
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Informe de arraigo social en Cataluña
Para solicitar el arraigo social es necesario sol·licitar el Informe de arraigo social en Cataluña -INF02, que es un informe necesario para pedir la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. El Departamento de Igualdad y Feminismo, mediante la Dirección General de Migraciones, Refugio y Antiracismo gestiona este informe a partir de una propuesta realizada por el ayuntamiento del municipio donde reside la persona solicitante.
Cuando la persona solicita el Informe de arraigo social en Cataluña, desde el Ayuntamiento de Terrassa se analiza la documentación requerida y se hace una entrevista a la persona interesada, con la finalidad de determinar el cumplimiento de los requisitos. Se aconseja la presentación de un pen drive con toda la documentación de este trámite que será descargada y digitalizada por el personal de la oficina de atención al ciudadano en el mismo momento.
Ante la excepcionalidad del contexto actual derivado de la pandemia de la Covid19, la entrevista personal se realizará mediante videoconferencia (video y sonido) con la persona usuaria, donde mostrará su documento identificativo con fotografía y sin intervención de terceros.
¿Quién puede solicitar el Informe de arraigo social en Cataluña?
Las personas extranjeras extracomunitarias que se encuentran en situación administrativa irregular, siempre que sean mayores de edad (o mayores de 16 años que cuenten con la autorización del representante legal), que estén empadronadas en Terrassa y que cuenten con una permanencia mínima de tres años en territorio español.
¿Cómo se puede solicitar el Informe de arraigo social en Cataluña?
¿Dónde se puede encontrar más información?