El Ayuntamiento actualiza la instrucción de 2016 para instalar contadores provisionales de agua para emergencia social
Se modifican los requisitos que hay que cumplir y el procedimiento a seguir
En la Junta de Gobierno, celebrada hoy, se ha dado cuenta de la resolución adoptada el pasado 23 de marzo relativa a la aprobación de la instrucción para la instalación de contadores de agua provisionales de emergencia social para personas o unidades de convivencia que se encuentran en situación de riesgo de exclusión residencial. Una nueva normativa que se enmarca dentro de la línea de actuación del equipo de Gobierno de garantizar, con la gestión pública, el derecho de acceso al agua.
Esta nueva instrucción sustituye la aprobada el diciembre de 2016, que daba cumplimiento a la Ley 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética. Esta ley determina que son las administraciones públicas las responsables de garantizar a los colectivos más vulnerables el acceso a los servicios básicos, como son el agua, el gas y la electricidad.
Con esta actualización se modifica el procedimiento a seguir para garantizar el acceso al agua en caso de ocupación a precario de viviendas, por parte de personas que estén en riesgo de exclusión residencial, y donde se haya detectado una urgencia social. Esta instrucción también regula las pasas a seguir para evitar que se haga un uso inadecuado del servicio de abastecimiento por parte de personas usuarias que no tengan contrato de suministro.
Su autorización e instalación es excepcional, puesto que se pueden retirar de las viviendas si las fincas incumplen con las condiciones pedidas y si las personas beneficiarias no se ajustan los requisitos solicitados, como son estar en situación de riesgo de exclusión residencial y estar empadronadas en el domicilio al cual se presta el servicio de suministro de agua. Se puede tramitar esta petición a través de la sede electrónica municipal.
Tarifa social
Un año más, la ordenanza municipal recoge la congelación de las tarifas de abastecimiento, así como las medidas que están dirigidas a las personas más vulnerables, como son: la bonificación de hasta el 100% de la cuota de servicio, la aplicación de la tarifa social de forma automática a los hogares con riesgo de exclusión residencial (RER) y la gestión del cambio de nombre gratuita por los titulares de estos hogares.
La aplicación de la tarifa social compuerta que la cuota de servicio de suministro de agua se reduzca al 100% de la cuota de servicio para los dos primeros tramos de consumo hasta un consumo trimestral de 30 m³ de agua. Este consumo equivale aproximadamente a 100 litros por persona y día para una unidad familiar de tres miembros, que es el que la Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que es un consumo eficiente para cubrir las necesidades básicas.
Las familias beneficiarias de la tarifa social sobre la factura de agua de uso doméstico eran, a 31 de diciembre de 2021, un total de 1.883. De acá que se puso en marcha el febrero de 2013, esta ayuda ha generado bonificaciones por valor de unos 600.000 euros.
Las personas usuarias y titulares de contratos de suministro por contador de agua en régimen de uso doméstico para el primero y segundo tramo de consumo que pueden optar a esta bonificación tienen que cumplir los siguientes requisitos:
1. Ser mayor de 18 años.
2. Estar empadronado en el domicilio en el cual se pide la tarifa social.
3. Disponer de unos ingresos máximos por el conjunto de las personas que conviven en el mismo domicilio, iguales o inferiores a los siguientes:
Residentes Límite de ingresos (*)
1 11.154,82 euros
2 15.616,75 euros
3 o más 20.078,68 euros
*Los límites de ingresos son los mismos desde el 1 de julio de 2015
4. Que la persona solicitante, ni ninguno otro que viva a la vivienda, disponga otros inmuebles, propiedades o inmuebles arrendados, excepto la vivienda propia.
Esta bonificación se aplica luego que se hayan comprobado los datos y antes de tres meses de la fecha de solicitud. El plazo de la aplicación de la cuota es de un año y después se renueva automáticamente una vez verificados el cumplimiento de los requisitos.
Por otro lado, la Generalitat también contempla rebajas en el canon del agua, que es un impuesto ambiental que la Agencia Catalana del Agua (ACA) aplica desde el año 2000 en el recibo, y que contribuyen a garantizar las necesidades básicas de los colectivos más vulnerables. El canon está asociado a la ampliación por tramos y se aplica en unidades de convivencia de cuatro o más miembros. Para mayor información, os podréis dirigir al 012 o en https://aca.gencat.cat/