El Ayuntamiento avanza en la tramitación de la modificación puntual del POUM para ampliar el inventario del Patrimonio Cultural
El documento, que ha llegado a su aprobación provisional, incorpora 312 elementos a proteger en suelo urbano, una vez estudiadas las 31 alegaciones presentadas después de su aprobación inicial
El Pleno de enero ha aprobado provisionalmente hoy por unanimidad la modificación puntual del Plan de Ordenación Urbanística Municipal (POUM) para ampliar el Inventario del Patrimonio Cultural de Terrassa. El objetivo es regular las actuaciones que se podrán autorizar en aquellos elementos con valores patrimoniales que, a estas alturas, no están protegidos para evitar, de este modo, que puedan desaparecer. El documento debatido en sesión plenaria incorpora 312 elementos, a diferencia de los 317 que figuraban en el documento que se aprobó inicialmente en el Pleno de junio de 2022. Esta reducción de elementos se ha hecho una vez estudiadas las 31 alegaciones presentadas durante el periodo de exposición pública. De estas, 13 se han estimado de manera parcial; 2 de manera total y 16 se han desestimado, puesto que la mayoría no acreditaba la información necesaria para que no fuera incluido como elemento inventariado.
En cuanto a las normas urbanísticas, se ha modificado el redactado para clarificar que las actuaciones sobre estos elementos estarán sujetos al régimen general de licencia, comunicación previa o declaración responsable, de acuerdo con la legislación urbanística y sectorial vigente y, también, con las ordenanzas municipales. En caso de que la intervención propuesta represente una gran transformación del elemento a proteger, se requerirá la previa tramitación y aprobación de un Plan especial urbanístico.
Un total de 312 elementos
De los 312 elementos que recoge ahora la propuesta han variado los epígrafes que hacen referencia al número de conjuntos de interés (que pasa de 28 a 30); al de edificios de interés (de 223 a 225) y al de elementos arquitectónicos singulares (de 16 a 17). La nueva distribución y clasificación queda, pues, de la siguiente manera: conjuntos edificados de interés (28); edificios de interés (225); elementos arquitectónicos singulares de un edificio (17); elementos artísticos complementarios de un edificio (30); elementos del patrimonio natural (5) y yacimientos arqueológicos y/o paleontológicos (7).
En esta relación se incluyen, por ejemplo, conjuntos y edificios fabriles, numerosas casas de ringlera o de veraneo, muestras de arquitectura contemporánea, así como elementos y monumentos artísticos del espacio urbano, como son las torres de la mina pública de agua o los diseños murales a los laterales de edificios. No recoge los elementos situados en suelo no urbanizable, puesto que están preservados por la reciente modificación puntual del POUM de la Anilla Verde y por el Plan especial y catálogo de masías de la Anilla Verde.
Suspensión de licencias
El 28 de julio de 2021 entró en vigor la suspensión de licencias para garantizar la protección de estos bienes y elementos. Se mantiene, a todos los efectos, la suspensión de otorgamiento de licencias, comunicaciones previas y declaraciones responsables, a todos los efectos, hasta el 27 de julio de 2023, una vez transcurridos los dos años desde su entrada en vigor. Ahora bien, si las actuaciones a realizar se adaptan a las directrices que ya están contempladas al documento de Modificación, estas peticiones se tramitan y no quedan suspendidas.