Nuevo reglamento para las reservas de estacionamiento para personas con movilidad reducida o discapacidad
Afectará a todas las personas que soliciten o renueven una reserva de estacionamiento en Terrassa

El Ayuntamiento de Terrassa adapta el nuevo Código de Accesibilidad de Cataluña (Decreto 209/2023, de 28 de noviembre), que afecta a la concesión de las reservas de aparcamiento para personas con movilidad reducida o discapacidad. Esta nueva normativa afectará a las dos modalidades de reservas de aparcamiento que existen actualmente: los conductores titulares, es decir, aquellas personas residentes en Terrassa con discapacidad reconocida y baremo de movilidad positivo que tengan vigente el permiso de conducir, y los no conductores, es decir, aquellas personas residentes en Terrassa de más de tres años con discapacidad reconocida, bien puedan aportar un certificado de déficit para sus funciones vitales.
La aplicación de la nueva normativa comportará los siguientes cambios:
- Aumento del grado de movilidad reducida para acceder a una plaza titular no conductor. El porcentaje pasa de un 65% de movilidad reducida al 75%, restringiendo el acceso a este tipo de reserva a las personas con una movilidad más limitada.
- Eliminación de reservas de aparcamiento para el acceso a los centros de estudios. La normativa anterior permitía a las personas conductoras titulares de una tarjeta de movilidad reducida solicitar una plaza de aparcamiento reservada próxima al centro de estudios para facilitar su acceso. Con la nueva regulación, esta modalidad desaparece.
- Incremento de las sanciones por uso indebido o fraudulento de las plazas reservadas. Aumenta la sanción mínima por el uso indebido de las plazas de aparcamiento reservadas, pasando a ser la sanción mínima de 301 euros hasta 6.000€, según la Ley de accesibilidad 13/2014.
- Limitación del tiempo de estacionamiento en las zonas de carga y descarga hasta un máximo de una hora. Durante el primer año de aplicación del reglamento, no se sancionará el exceso de tiempo en estas zonas. A partir de entonces, se llevarán a cabo controles horarios para asegurar su cumplimiento.
- La aprobación del reglamento se someterá al Pleno de 28 de febrero y entrará en vigor 15 días hábiles después de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia. Aquellas personas que ya dispongan de una reserva en vigor la mantendrán hasta su fecha de caducidad. Transcurrido el plazo establecido, la renovación se realizará de acuerdo con los nuevos criterios del reglamento.
Estas modificaciones se han presentado en la Mesa Local de Capacidades Varias y Accesibilidad, para que los diferentes colectivos, entidades, grupos municipales y técnicos pudieran conocer los cambios e implicaciones que supone la aplicación de esta normativa.
Con este nuevo reglamento se deroga el Decreto 135/1995, que desarrollaba la Ley 20/1991 sobre la promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, así como el Decreto 97/2002, que regulaba la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad y otras medidas para favorecer su movilidad.
El trámite para solicitar la tarjeta de reserva de estacionamiento para personas con movilidad reducida o discapacidad se puede realizar a través de la sede electrónica o bien presencialmente pidiendo cita previa en alguna de las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC).
Más información: terrassa.cat/actualitat-accessibilitat