El Ayuntamiento votará en el Pleno de diciembre la aprobación provisional del Plan especial urbanístico de protección patrimonial de una finca pasante entre la calle de la Rutlla y la calle de Miquel Casas

Los dos edificios de la parcela incluida en el inventario del Patrimonio Cultural de Terrassa presentan valores históricos y arquitectónicos a preservar.

La Comisión Informativa de Territorio y Vivienda ha acordado esta mañana elevar al próximo Pleno Ordinario de diciembre la aprobación provisional del Plan especial urbanístico de protección patrimonial de carácter individual de los edificios situados en la calle de la Rutlla número 25 y en la calle de Miquel Casas número 28 de Terrassa.

Con esta decisión, el Ayuntamiento pretende proteger determinados elementos arquitectónicos, establecer la categoría y los niveles de protección, y garantizar que las intervenciones que se realicen en estas edificaciones sean lo más respetuosas posible con los bienes patrimoniales, teniendo en cuenta que la propiedad de la parcela pretende llevar a cabo una reforma de los edificios.

En este sentido, dado que se trata de una misma finca, que es pasante, e incluye dos edificaciones totalmente independientes con frente a calles opuestas, el Plan especial propone regular su protección de manera individual. De este modo, cada uno de los edificios dispondrá de su propia ficha de protección. Concretamente, el número 25 de la calle de la Rutlla presenta una intervención del año 1905, obra del arquitecto Lluís Muncunill; y el número 28 de la calle de Miquel Casas data de 1920 y es obra del mismo arquitecto modernista.

En palabras del teniente de alcalde de Territorio y Vivienda, Xavier Cardona: «el Plan especial se redacta dando cumplimiento a la Modificación puntual del POUM para, por una parte, ampliar el inventario del Patrimonio Cultural de Terrassa y, por otra, garantizar que las reformas que se realicen sean siempre con el máximo respeto a los bienes inventariados».

Existen noticias documentadas de la existencia del edificio de la calle de la Rutlla antes de 1885, y actualmente la finca tiene toda su superficie edificada por diversas construcciones estructuralmente independientes, pero conectadas internamente entre sí. En el frente de la calle de la Rutlla se ubica la edificación más antigua: se trata de un edificio entre medianeras de planta baja destinada a uso comercial, piso y bajo cubierta. A día de hoy, las plantas superiores se encuentran en desuso, pero originalmente se habían utilizado como vivienda familiar.

En el frente opuesto, la nave de la calle Miquel Casas fue construida en el año 1920 y, actualmente, existe una segunda edificación también entre medianeras, con una única planta utilizada como almacén comercial. El espacio entre estas dos edificaciones, correspondiente al patio interior de manzana, se encuentra totalmente cubierto por dos construcciones también utilizadas como almacén de la tienda; una de ellas con una única planta y la otra con planta baja y altillo.

Así pues, en el Plan especial se destaca la protección de la fachada (excluyendo la planta baja) y la caja de escalera del edificio situado en la calle de la Rutlla número 25, mientras que en el edificio de Miquel Casas número 28 se protege la volumetría del edificio y la estructura de arcos y bóvedas de pañuelo que configuran la cubierta, incluidos los lucernarios.

Ampliación del inventario del patrimonio cultural de Terrassa

Este Plan especial deriva de la modificación puntual del POUM para ampliar el inventario del patrimonio cultural de Terrassa, aprobada en 2023, con la que se establece una nueva regulación sobre las intervenciones que se pueden autorizar en estos elementos y la tramitación que deberá seguirse en función del tipo de intervención, con el objetivo de evitar el derribo total o parcial de los elementos.

La modificación puntual del POUM para ampliar el Inventario del Patrimonio Cultural de Terrassa especifica en su normativa que las intervenciones que afecten al volumen edificado, o que afecten a la composición o la configuración de las fachadas, entre otros supuestos, requerirán la tramitación y aprobación previa de un Plan especial urbanístico de protección patrimonial de carácter individual, con carácter previo a la concesión de la correspondiente licencia urbanística.