Convocatoria fuera de plazo. 

Ilustración de una plataforma elevadora en una vivienda unifamiliar

 

¿Qué es?

Es una ayuda del Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalitat de Cataluña para adaptar a la normativa actual las plataformas elevadoras y ascensores lentos (de velocidad inferior a 0,15 m/s) instalados en hogares unifamiliares antes del 30 de diciembre de 2009.  Se cubrirá el 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 3.500 €. El objetivo es mejorar la seguridad de los dispositivos.

Quedan excluidos de la convocatoria:

  • Ascensores en edificios de viviendas 
  • Remontadores de escaleras 
  • Plataformas

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¿Quién la puede pedir?

Unidades familiares o de convivencia que:

  • vivan en un hogar unifamiliar con más de una planta,
  • dispongan de plataforma elevadora o ascensor lento (de velocidad inferior a 0,15 m/s) pendiente de reforma o que ya se haya reformado para adaptar a normativa,
  • alguno de sus miembros tenga movilidad reducida reconocida o bien tenga 70 años o más,
  • se encuentren en situación de vulnerabilidad económica,
  • vivan de forma habitual en la vivienda donde se encuentra ubicado el ascensor.

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¿Cuándo y dónde puedo solicitar la ayuda?

Cuando esté abierta la convocatoria de ayudas vigente, a través de una de las siguientes vías:

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Más información

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Fecha de actualización de este apartado: Octubre 2018