Sociedad Municipal de Vivienda de Terrassa S.A.
- Teléfono:
- 937 336 171
- Dirección electrónica:
- [email protected]
- Correo postal:
- C. Pantà, 30, bajos (08221 Terrassa)
Convocatoria fuera de plazo.
Es una subvención anual gestionada por la Agència de l'Habitatge de Catalunya. Cubre tres conceptos:
Las obras de mejora de la accesibilidad y la seguridad de utilitzación subvencionables incluyen la instalación:
Cualquier intervención que mejore el cumplimiento de los parámetros establecidos en el documento básico del CTE DB-SUA, seguridad de utilización y accesibilidad.
Entre otros perfiles:
propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en hilera.
¿Qué cubren las ayudas a la accesibilidad?
El 35% del presupuesto protegible de las obras de mejora de la accesibilidad, con un máximo de 4.000 € por vivienda. El presupuesto protegible incluye:
No incluye el IVA ni otros impuestos, tasas o tributos.
A este concepto se le puede sumar, si corresponde, las otras líneas de subvención (conservación, eficiencia energética...) hasta alcanzar un máximo de 14.000 € por vivienda.
¿Qué hay que hacer con antelación?
Los edificios tienen que disponer, con carácter obligatorio y previo a la solicitud de las ayudas, de un Informe de Evaluación del Edificio (IAE) con:
Para poder cumplir los plazos de solicitud, se recomienda realizar el IAE con antelación a la apertura de la convocatoria anual de subvención.
Si la IITE detectara deficiencias importantes, graves o muy graves, además de la actuación de accesibilidad, también se tendrán que subsanar estas deficiencias para poder solicitar subvención. Según las deficiencias, se puede pedir la ayuda para la actuación de conservación (estructura).
¿Qué edificios pueden optar a las ayudas?
La subvención es exclusivamente para espacios comunes de los edificios.
¿Qué modalidades de subvención hay?
¿Cuándo y dónde puedo solicitar las ayudas?
Cuando esté abierta la convocatoria de ayudas vigente, en la Societat Municipal d'Habitatge de Terrassa S.A., ubicada en la calle Pantà, 30, bajos (08221 Terrassa).
¿La comunidad de propietarios puede recibir financiación pública para las obras?
Sí. El Instituto Catalán de Finanzas (ICF) y la Agencia de la Vivienda de Cataluña (AHC) han abierto una nueva línea de préstamos para financiar las inversiones en rehabilitación, eficiencia energética y accesibilidad que hagan las comunidades de propietarios. Así, las comunidades tendrán acceso a una financiación en condiciones preferentes, fijo del 2%, que les permitirá cubrir el 100% del importe total de la inversión a un plazo máximo de 15 años.
La financiación por parte de las comunidades de propietarios, y no por parte de los propietarios individualmente, ha estado tradicionalmente una traba constante para las comunidades que querían obtener crédito para pagar las obras de rehabilitación.
Fecha de actualización de este apartado: noviembre 2019.