Breve guía para regentar un negocio o empresa en Cataluña, asegúrate de que en tu establecimiento cumpla los siguientes requisitos lingüísticos:

Si vendes productos u ofreces servicios en Cataluña, asegúrate de que en tu establecimiento cumpla los siguientes requisitos lingüísticos:

  • Utilice al menos el catalán en los rótulos, carteles y señalizaciones de carácter fijo, en las indicaciones de productos con precios, en las listas de precios, en los horarios, en las indicaciones y nombres de las secciones, en los paneles informativos y de seguridad , etc.
  • Distribuya, como mínimo en catalán, los catálogos, las listas de productos y servicios, y los folletos y opúsculos con precios.
  • En los bares y restaurantes, también tiene las cartas y los menús al menos en catalán.
  • Haga al menos en catalán la publicidad del producto o servicio con el precio en los medios de comunicación, web, redes sociales, buzones, etc.
  • Puede atender a la clientela cuando se le dirige oralmente y por escrito tanto en catalán como en castellano y, en el Vall d'Aran, en aranés.
  • Tiene como mínimo en catalán los documentos relacionados con el cobro (tickets de caja, facturas, resguardos de depósito, presupuestos, etc.) y los diferentes tipos de contratos, las condiciones generales y la documentación que se deriva.
  • Ofrece, al menos en catalán, el embalaje, el etiquetado, las instrucciones o manuales de uso, y las informaciones para el consumo, el uso y el manejo de los bienes que produce.
  • Utilice al menos el catalán en las invitaciones a comprar por megafonía.
  • Ofrece los convenios colectivos de trabajo en la lengua oficial que acuerdan las partes. Si no hay acuerdo, se redactan en catalán y castellano (y en el Vall d'Aran, en aranés) y en ejemplares separados.

Si ofrece online productos o servicios, utilice el catalán también en la web, en las redes sociales y las aplicaciones para atender mejor a los clientes.

Web donde encontrará una guía breve sobre la normativa o los requisitos lingüísticos del ámbito comercial

Prohibición de bolsas de plástico gratuitas

A partir del 28 de marzo de 2017 entra en vigor la obligatoriedad de pagar las bolsas de plastico de asas en todos los comercios.

Como sabéis, ha entrado en vigor la obligatoriedad de pagar las bolsas de plástico en todos los establecimientos comerciales, en virtut de la llei 5/2017, de 28 de marzo de medidas fiscales administrativas, financieras y del sector público, que ha aprobado un seguit de modificacions del text refós de la Llei reguladora dels residus.