¿Qué es la Economía Social y Solidaria? ¿Cómo lo entendemos en Terrassa?

Son el conjunto de experiencias económicas basadas en la autoorganización de la ciudadanía que no persigan el lucro, sino satisfacer las necesidades básicas, y que se organizan desde el apoyo mutuo, el compromiso con la comunidad, la igualdad y la democracia. Es decir, el conjunto de empresas y entidades que cumplan con los requisitos de propiedad colectiva, gestión democrática y responsabilidad social, con la finalidad de promover un modelo económico justo, democrático y sostenible.

Las fórmulas jurídicas que se incluyen en la economía social son:

  • Cooperativas
  • Sociedades Laborales
  • Asociaciones y Fundaciones que realizan actividad económica
  • CET y Empresas de inserción
  • Mutualidades
  • Cofradías de pescadores
  • Sociedades agrarias de transformación

Además de las fórmulas jurídicas mencionadas, se contemplan otras iniciativas que o bien todavía no han logrado dotarse de una fórmula jurídica propia o que sin embargo no lo pretenden y que se podrían catalogar como movimientos o grupos informales, pero que por la su actividad pueden incluirse en los preceptos de la ESS.

Los ámbitos de actuación a los que se dedican las empresas y entidades de la ESS en Terrassa son, según la diagnosis que se hizo para el Plan Estratégico:

  • Cultura
  • Acción social y salud
  • Promoción de sectores económicos
  • Convivencia vecinal
  • Centros Especiales de Trabajo para la inclusión de colectivos vulnerables

En el Reglamento del Consejo Municipal de la Economía Social y Solidaria se busca impulsar y fortalecer «las experiencias económicas basadas en la autoorganización de la ciudadanía que no persigan el lucro, sino satisfacer las necesidades básicas, y que se organicen desde el apoyo mutuo, el compromiso con la comunidad, la igualdad y la democracia. Es decir, el conjunto de empresas y entidades que cumplan los requisitos de propiedad colectiva, gestión democrática y responsabilidad social que llamamos economía social y solidaria, con el fin de promover un modelo económico justo, democrático y sostenible.»

Para la 6ª edición de la Feria de la Economía Social y Solidaria de Terrassa, elaboramos un decálogo que ilustra qué distingue a las entidades y empresas de la ESS en la ciudad:

  1. Hagamos todo lo posible para que la economía sea más justa: con la gente y el planeta.
  2. Ponemos a las personas en el centro de nuestra actividad: y no el máximo beneficio.
  3. Tomamos las decisiones colectivamente: con una forma jurídica que nos obligue, o con buenas prácticas que nos lo permitan.
  4. Cooperamos entre empresas y entidades: creemos más en sumar que en competir.
  5. Promovemos un consumo consciente: tenemos en cuenta el impacto social y ambiental a lo largo de toda la cadena de producción.
  6. Entendemos la economía como un circuito integrado entre la producción, la reproducción y el sostenimiento de la vida y el planeta.
  7. Velamos por la inclusión de colectivos vulnerables.
  8. Estamos comprometidas con nuestra ciudad: Terrassa.
  9. Trabajamos para tener más soberanía: alimentaria, energética y financiera.
  10. Queremos ser ramas de un árbol que transforme Terrassa. ¿Le regamos juntas?

Y por último, es relevante también la definición de la Ley 5/2011 de la Economía Social, que incluye: las cooperativas, las mutualidades, las fundaciones y las asociaciones que llevan a cabo actividad económica, las sociedades laborales, las empresas de inserción, los centros especiales de trabajo, las cofradías de pescadores, las sociedades agrarias de transformación. Por último, existen las entidades singulares creadas por normas específicas que se rigen por los principios anunciados en el artículo 4 de la misma Ley, es decir, las entidades de la economía social actúan en base a los siguientes principios orientadores:

  1. Primacía de las personas y de la finalidad social sobre el capital, que se concreta en gestión autónoma y transparente, democrática y participativa.
  2. Aplicación de los resultados obtenidos de la actividad económica, principalmente en función del trabajo aportado y servicio o actividad realizada por las socias y socios o por sus miembros y, en su caso, a la finalidad social objeto de la entidad.
  3. Promoción de la solidaridad interna y con la sociedad.
  4. Independencia respecto a los poderes públicos.

 

Redes y espacios de referencia de la ESS

¿Cuál es la normativa que la regula?

En el ámbito catalán:

En el ámbito estatal: