El 29 de septiembre de 2023 ha entrado en vigor la nueva Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de derechos y bienestar de los animales.

En este espacio web, encontraréis respuesta a algunas de las preguntas frecuentes que su aplicación puede generar.

El Ayuntamiento está trabajando en la elaboración de un reglamento municipal que pueda recoger, a nivel local, los aspectos concretos que la ley estatal no contempla.

¿Qué animales puedo tener en casa?

Además de perros, gatos y hurones, podemos tener otros animales, siempre que no estén incluidos en el siguiente listado:

  • Artrópodos, peces y anfibios cuyo mordisco o veneno suponga un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas y animales
  • Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que, en estado adulto, superen los 2 kg de peso, excepto en el caso de los quelonios
  • Todos los primates
  • Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kg
  • Especies incluidas en otras normativas sectoriales a nivel estatal o comunitario que impidan su tenencia en cautividad

Las personas que tengan animales de esta lista tendrán que comunicarlo en un plazo de 6 meses a la autoridad competente, que está pendiente de definir.

Para el resto de animales, deberemos esperar a que se desarrolle el listado positivo de animales de compañía.

 

¿Tengo que tener un seguro de Responsabilidad Civil?

La nueva ley determina que el seguro de Responsabilidad Civil es obligatorio para todos los perros, independientemente de su raza o tamaño. No para el resto de animales.

Para los perros considerados potencialmente peligrosos, la Responsabilidad Civil mínima será de 150,153,03 euros. Para el resto de perros, debe establecerse este importe por reglamento.

El seguro no será obligatorio hasta que exista el reglamento. Si disponemos de ella podemos consultar con el seguro del hogar, ya que algunas pólizas pueden cubrir también la Responsabilidad Civil de los perros NO considerados potencialmente peligrosos.

 

¿Tengo que identificar a mi animal?

Sí, todos los animales tendrán que estar correctamente identificados y registrados.

Perros, gatos y hurones, con microchip; aves, con anillas, y, para el resto de animales, está pendiente de desarrollar.

 

¿Tengo que esterilizar a mi animal?

Los perros, gatos y hurones adoptados serán esterilizados antes de su entrega salvo que, por criterio veterinario, se desaconseje o que no tengan la edad suficiente para ello. En este último caso, tendrán un compromiso de esterilización al tener la edad adecuada.

Es obligatorio esterilizar a todos los gatos, sean o no adoptados, antes de los 6 meses de edad, excepto por criterio veterinario o para los casos que estén inscritos en el registro de criadores.

Para el resto de animales, la esterilización no es obligatoria, pero sí debe evitarse su reproducción.

 

Si me voy unos días, ¿puedo dejar a mi animal en casa?

El máximo que establece la ley que se puede dejar a un animal sin supervisión es de 3 días, y se reduce a 24 horas en caso de los perros.

Si nos durante más tiempo, debemos tener a alguien que se encargue de su bienestar.

 

¿Tengo que hacer un curso para tener animales?

Sí, pero todavía no se ha determinado cómo se realizará. En todo caso, debe tenerse en cuenta que se trata de un curso de tenencia responsable para mejorar la convivencia de todos, que será gratuito y sencillo.

 

¿Puedo comprar animales en una tienda?

Se podrá comprar animales en una tienda siempre que no sean perros, gatos o hurones, que sólo podrán adquirirse a criadores registrados.

Está totalmente prohibida la adquisición por internet.

 

¿Puedo dejar a mi animal en un balcón, terraza o patio?

La Ordenanza municipal de tenencia y protección de los animales de Terrassa establece que los animales pueden estar en estas zonas siempre que tengan libre acceso al interior. En ningún caso se pueden dejar cerrados.