Protección Civil
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Territoriales
Los planes territoriales preveen a todos los efectos las emergencias que se pueden producir en su ámbito. Los niveles básicos de planificación son el conjunto de Catalunya y los municipios. Sin embargo, pueden haber planes de ámbito territorial supramunicipal.
El plan territorial del ámbito de Terrassa es el Plan Básico de Emergencia Municipal, pues según la normativa vigente, Terrassa tiene la obligación de elaborar el Manual de Actuación Básico al tratarse de un municipio de más de 20.000 habitantes.
Planes de actuación municipal
Los municipios en que se deban aplicar los planes especiales están obligados a elaborar y aprobar los correspondientes planes de actuación municipal. Estos planes de actuación municipal forman parte de los planes especiales, y dan la respuesta del municipio a ese riesgo concreto.
Según la normativa vigente y según los planes especiales de la Generalitat de Catalunya, el municipio de Terrassa está obligado a la redacció de planes de actuación municipal para los siguientes riesgos:
Por otro lado, la Generalitat de Catalunya recomienda la redacción del plan de actuación municipal para el riesgo de Emergencia Aeronáutica
Planes específicos
Los municipios que tengan riesgos concretos no considerados especiales pueden elaborar planes específicos, como respuesta al riesgo que les afecta. Terrassa tiene elaborados planes específicos sobre los riesgos:
En aplicación del Decreto 155/2014, de 25 de noviembre, por el que se aprueva el contenido mínimo para la elaboración y la homologación de los planes de protección civil municipales y se establece el procedimiento para su tramitación conjunta, todos los planes municipales expuestos anteriormente: plan básico, planes de actuación municipal especiales y específicos, estan incluidos en el Documento Único de Protección Civil Municipal (DUPROCIM).
Éste documento fué aprovado por el Pleno Municipal, en fecha 26 de abril de 2018 y homologado por la Comisión de Protección Civil de Cataluña, en fecha 5 de diciembre de 2018.
Planes de autoprotección
Los planes de autoprotección prevén, para empresas, centros e instalaciones determinados, las emergencias que se puedan producir cómo consecuencia de su propia actividad y las medidas de respuesta frente a las situaciones de riesgo, catástrofes y calamidades públicas que los puedan afectar.
Para saber cuales son las actividades que están afectadas, consultar el Decreto 30/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas.
Normativa básica:
Generalitat de Catalunya: enlaces de interés