Según el Decret 43/2020, de 10 de març, sobre l'activitat de guia de turisme de Catalunya, la conducción de actividades guiadas en el interior de los monumentos declarados Bien Cultural de Interés Nacional (BCIN) y de los inscritos en el Registro de Museos de Cataluña, de acuerdo con el artículo 65 de la Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Catalunya, sólo pueden ejercerla:

  1. Guías habilitados por la administración de la Generalitat de Catalunya, convenientemente acreditados.
  2. Las personas que se dedican a la enseñanza cuando, de forma ocasional, acompañan alumnado. Tienen que estar acreditadas con el carné de docente.
  3. El personal de la Administración en el caso de visitas institucionales.
  4. El personal que presta sus servicios en el interior de los monumentos o museo que facilitan información y los servicios de educadores pedagógicos. Seran: el personal técnico y el personal del Servicio Educativo del Museu de Terrassa y el personal del Servicio de Turismo del Ayuntamiento de Terrassa.

Los equipamientos del Museu de Terrassa a los cuales se aplica esta normativa son: la Casa Alegre de Sagrera, el Castell Cartoixa de Vallparadís, la Seu d'Ègara y la Torre del Palau.