Uso de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP)

Los patinetes y las bicicletas eléctricas forman parte de nuestro paisaje urbano. Son vehículos rápidos y ligeros, que no generan emisiones contaminantes y que facilitan los desplazamientos por la ciudad. La proliferación de estos vehículos de movilidad personal (VMP) hace necesario el establecimiento de una normativa para que los usuarios hagan una utilización adecuada y respeten el buen uso del espacio público.
El Servicio de Movilidad del Ayuntamiento ha elaborando una nueva ordenanza municipal reguladora de la circulación de personas y vehículos en vías urbanas, que sustituye a la de 1996 y que, entre otros aspectos, reglamenta el uso de los patinetes eléctricos y otros VMP. Consultar la normativa.
Más información
Definición
- Vehículo de una o más ruedas, de una única plaza, con motor eléctrico y una velocidad máxima de diseño de entre 6 y 25 km/h.
- Si el vehículo supera los 25 km/h, no es un vehículo de movilidad personal y será necesario consultar la classificación en la DGT.
Normativa de uso
- Obligatoriedad de registro en el Registro Nacional de Vehículos (DGT - Inscripción un Vehículo de Movilidad Personal (VMP))
- Obligatoriedad de seguro de los VMP
- Obligación del Certificado de circulación, expedido por un laboratorio autorizado por la DGT y acreditar los requisitos técnicos del Real Decreto 52/2026, de 28 de enero (Anexo III). Los VMP sin certificado vendidos antes del 22/01/2024, pueden circular sin certificado hasta el 22/01/2027
- Obligada identificación mediante etiqueta identificativa visible (formato M0000AAA)
- Los VMP tienen que disponer de frenos independentes, luces delanteras blanca y roja posterior, catadióptricos, avisador acústico, un tamaño de ruedas mínima de 8 pulgadas, sistema anti-manipulación e identificador para la etiqueta obligatoria
Información adicional:
- Deben ir por la calzada. No pueden circular por las aceras (EXCEPTO que sea por un carril bici). Sanción 200 €.
- Sólo puede circular una persona. Sanción 100 €
- Prohibido circular haciendo uso de auriculares o móviles. Sanción 200 €
- No pueden conducirlos menores de 14 años.
- Las personas menores de 16 años deben llevar casco
- Responsabilidad de madres y padres para las infracciones de menores de 18 años
- Obligado someterse a pruebas de alcohol o drogas
- De noche se deben llevar luces y ropa o elementos reflectantes
- Comprobar si el seguro del hogar o de otro tipo cubre la responsabilidad. En caso contrario, se recomienda contratar uno
Más información
Consulte el plano de la red de carriles bici y la guía de circulación para los vmp de este tipo de vehículos.
Recordamos que Terrassa cuenta con un protocolo contra el acoso a usuarios de bicicleta y VMP con el objetivo de sensibilizar sobre la normalización del uso de la bicicleta y el VMP y lograr la convivencia pacífica de los diferentes sistemas de movilidad en la red urbana de la ciudad. Tienes más información en la web de la Policía.