¿Qué es el catastro?
El Catastro es un registro administrativo que depende del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Contiene la descripción de los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales, la inscripción en el mismo es obligatoria y gratuita, características que lo diferencian del Registro de la Propiedad.

¿Qué es el valor catastral?
El valor catastral es un valor administrativo fijado objetivamente para cada bien inmueble y que resulta de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en la Ponencia de valores del municipio correspondiente.

Para determinar el valor catastral de un inmueble se consideran esencialmente los siguientes componentes:

  • La localización del inmueble, las circunstancias urbanísticas que afecten el suelo y su aptitud para la producción.
  • El coste de ejecución material de las construcciones, los beneficios de la contrata, honorarios profesionales y tributos que graban la construcción, el uso, la calidad y la antigüedad edificatoria, así como el carácter historicoartístico u otras condiciones de las edificaciones.
  • Los gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción, o los factores que correspondan en los supuestos de inexistencia de la mencionada promoción.
  • Las circunstancias y valores del mercado, valor del suelo, valor de la construcción y gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción.

A todos los efectos, el valor catastral de los inmuebles no podrá superar el valor de mercado. A tal efecto, mediante orden ministerial se ha fijado un coeficiente de referencia al mercado del 0,5 en el momento de aprobación y entrada en vigor de la ponencia. En los bienes inmuebles con precio de venta limitado administrativamente, el valor catastral no podrá en ningún caso superar este precio.

Los valores catastrales se pueden actualizar anualmente mediante la aplicación de coeficientes aprobados por las correspondientes leyes de presupuestos generales del Estado.

¿Cuando es efectiva la revisión?
Los nuevos valores catastrales entraron en vigor el 1 de enero de 2018.

¿Con el nuevo valor catastral tendré que pagar más?

Con la nueva valoración catastral hay valores de inmuebles que suben y otros que bajan. A los que bajan, se les aplicará la reducción íntegramente desde 2018. A los  que suben, se les fracciona el incremento en 10 años, así si por ejemplo un inmueble tiene un incremento de valor catastral del 10%, su valor a efectos de IBI subirá sólo un 1% cada año, hasta el 2027.

El Ayuntamiento aprueba anualmente los tipos impositivos a aplicar sobre el IBI, que están regulados por ordenanza fiscal. 

Tengo más dudas, ¿dónde me puedo informar?
A través del servicio gratuito del 010.

 

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