¿Qué es la Tarifación Social?

El Pleno del Ayuntamiento de Terrassa aprobó en 2021 un sistema de tarificación social que inicialmente se aplicó a las guarderías, para extenderlo después al resto de centros de enseñanza no obligatoria de titularidad municipal. El sistema comporta que las familias paguen más o menos en función de su nivel de ingresos.

El nuevo sistema se ha diseñado siguiendo los principios de inclusividad (que el coste del servicio no impida acceder a ellos), de justicia social (que el esfuerzo por asumir el coste sea igual para todos) y de progresividad (que el precio vaya en proporción a la capacidad económica).

La tarificación social contempla nueve tramos de nivel de renta ya cada uno le corresponde una tarifa. El siguiente cuadro muestra en qué tramo debe situarse cada familia en función del nivel de renta y el número de miembros, atendiendo a los ingresos del año anterior.

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¿Cómo se calculan los ingresos familiares?

El cálculo de los ingresos se realiza en base a los últimos datos de la renta disponibles al inicio del curso escolar. Para el curso 2022-2023 se utilizará la información correspondiente al ejercicio 2021 (declaración de la renta presentada en 2022).

Si es declarante del IRPF, hay que sumar los valores de las casillas 18, 36, 52, 102, 224, 1479, 1553, 1568, 1569, 1570, 1575, 1583, 420 y 424 de la declaración. Es necesario tener en cuenta los ingresos de todos los componentes de la familia empadronados en el domicilio.

Si no hace declaración del IRPF, hay que sumar los valores de todos los conceptos relativos a los ingresos por motivos de rendimientos del trabajo, de arrendamientos, de cuentas bancarias y capital mobiliario, de operaciones de seguros, de ganancias patrimoniales, de ventas de fondos de inversión, de actividades económicas y otras atribuciones de renta, quedando los gastos deducibles del trabajo.

Para el cómputo de los ingresos se utilizarán los últimos datos del IRPF disponibles que suministra la AEAT, así como las pensiones públicas exentas de tributar en el IRPF.

En determinados casos (según número de hijos matriculados, discapacidad, etc.) se aplicará un tramo distinto al que correspondería atendiendo sólo al nivel de ingresos. Consultad los tratamientos específicos (a continuación).

Una vez realizado el cálculo de renta familiar e identificado qué tramo le corresponde, consulte en la página correspondiente la tarifa de cada servicio para cada uno de los tramos.

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Tratamientos específicos

a) Familias monoparentales y numerosas:Se les aplicará la reducción de un tramo al que le correspondería por renta de la unidad familiar.

b) Familias con dos o más miembros matriculados en centros docentes de titularidad municipal: Si la familia tiene dos miembros matriculados en centros de titularidad municipal, se le aplicará un tramo correspondiente al tramo inferior al que le correspondería por renta de la unidad familiar, y dos tramos si tiene tres o más miembros matriculados. En caso de que el tramo de renta familiar corresponda ya al tramo 1 se aplicará éste.

c) Cuando coincidan tres o más m iembros de la misma unidad familiar matriculados en centros docentes de titularidad municipal se aplicará una bonificación de entre el 15 y el 50%, en función del tramo.

Sin embargo, con esta aplicación no se puede romper el criterio de ordinalidad de las tarifas por lo que una cuota de un tramo superior no puede ser más baja que la de un tramo inferior. Esta bonificación es incompatible con lo dispuesto en el apartado a) anterior en relación con las familias numerosas y monoparentales.

d) Familias con algún miembro del núcleo familiar con discapacidad: Si en el núcleo familiar existe un miembro, sea alumno o familiar, con dependencia o discapacidad reconocida superior al 33%, se le aplicará un tramo inferior al que le correspondería por renta de la unidad familiar. En caso de que el tramo de renta familiar corresponda ya al Tramo 1 se aplicará este.

e) Familias en situación de vulnerabilidad o en caso de acreditación de dificultad económica: Se establece una reducción de hasta el 100% por aquellas familias en situación de riesgo de exclusión social, con ingresos insuficientes, que se encuentran en seguimiento por parte de los servicios sociales municipales. Para acceder a esta reducción será necesario acreditar la situación de vulnerabilidad social de la persona o familia, mediante la presentación del informe emitido por el Equipo de Atención Básica de los Servicios Sociales Municipales, quien expresará el grado de reducción final.

Para más información, consultad el procedimiento para determinar la tarifación social

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