Servicio de Educación
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¿Qué es la Tarifación Social?
El Pleno del Ayuntamiento de Terrassa aprobó en 2021 un sistema de tarificación social que inicialmente se aplicó a las escuelas infantiles, con el objectivo de extenderlo progresivamente al resto de centros de enseñanza no obligatoria de titularidad municipal. El sistema comporta que las familias paguen más o menos en función de su nivel de ingresos.
El nuevo sistema se ha diseñado siguiendo los principios de inclusividad (que el coste del servicio no impida acceder a ellos), de justicia social (que el esfuerzo por asumir el coste sea igual para todos) y de progresividad (que el precio vaya en proporción a la capacidad económica).
La tarificación social contempla diez tramos de nivel de renta ya cada uno le corresponde una tarifa. El siguiente cuadro muestra en qué tramo debe situarse cada familia en función del nivel de renta y el número de miembros, atendiendo a los ingresos del año anterior.
¿Cómo se calculan los ingresos familiares?
El cálculo de los ingresos se realiza en base a los últimos datos de la renta disponibles al inicio del curso escolar. Para el curso 2023-2024 se utilizará la información correspondiente al ejercicio 2022 (declaración de la renta presentada en 2023).
Si es declarante del IRPF, hay que sumar los valores de las casillas 18, 36, 52, 102, 224, 1479, 1553, 1568, 1569, 1570, 1575, 1583, 420 y 424 de la declaración. Es necesario tener en cuenta los ingresos de todos los componentes de la familia empadronados en el domicilio.
Si no hace declaración del IRPF, hay que sumar los valores de todos los conceptos relativos a los ingresos por motivos de rendimientos del trabajo, de arrendamientos, de cuentas bancarias y capital mobiliario, de operaciones de seguros, de ganancias patrimoniales, de ventas de fondos de inversión, de actividades económicas y otras atribuciones de renta, quedando los gastos deducibles del trabajo.
Para el cómputo de los ingresos se utilizarán los últimos datos del IRPF disponibles que suministra la AEAT, así como las pensiones públicas exentas de tributar en el IRPF.
En determinados casos (según número de hijos matriculados, discapacidad, etc.) se aplicará un tramo distinto al que correspondería atendiendo sólo al nivel de ingresos. Consultad los tratamientos específicos (a continuación).
Una vez realizado el cálculo de renta familiar e identificado qué tramo le corresponde, consulte en la página correspondiente la tarifa de cada servicio para cada uno de los tramos.
Tratamientos específicos
a) Familias monoparentales y numerosas:Se les aplicará la reducción de un tramo por renta de la unidad familiar.
b) Familias con dos miembros matriculados en centros docentes de titularidad municipal: Si la familia tiene dos miembros matriculados en programas completos en centros de titularidad municipal, se le aplicará la reducción de un tramo por renta de la unidad familiar, con la excepción de las famílias del tramo 1, que lo mantendrán.
c) Familias con 3 o más miembros matriculados en centros docentes de titularidad municipal: se les aplicará la reducción de dos tramos por renta de la unidad familiar, con la excepción de las familias del tramo 2 que reducirán un tramo, y las del tramo 1 que mantendrán este tramo. Adicionalmente se les aplicará una bonificación entre el 10 y el 45%, en función del tramo, tal y como refleja la siguiente tabla:
Tramo Tarifación | Bonificación |
6 a 10 | 45% |
5 | 35% |
4 | 20% |
3 | 10% |
En el caso de la Escuela Municipal de Música, las personas matriculadas en los programas de talleres y grupos instrumentales y corales correspondientes a los códigos MU20, MU21, MU22, MU23 y MU24 no computarán para aplicar esta bonificación. En el caso de la Escuela Municipal de Arte y Diseño no computarán los correspondientes programas
en los códigos N1 y Q1 y los cursos y talleres monográficos de pequeño formato.
d) Familias con algún miembro del núcleo familiar con discapacidad: Si en el núcleo familiar existe un miembro, sea alumno o familiar, con dependencia o discapacidad reconocida superior al 33%, se le aplicará un tramo inferior al que le correspondería por renta de la unidad familiar.
e) Famílias en situación de vulnerabilidad o en caso de acreditación de dificultad económica: Se establece una reducción de hasta el 100% para aquellas familias en situación de riesgo de exclusión social, con ingresos insuficientes, que se encuentran en seguimiento por parte de los servicios sociales municipales. Para acceder a esta reducción será necesario acreditar la situación de vulnerabilidad social de la persona o familia, mediante la presentación del informe emitido por el Equipo de Atención Básica de los Servicios Sociales Municipales, quien expresará el grado de reducción final.
Los tratamientos específicos no son acumulables salvo los del apartado "d" relativos a las personas con discapacidades.
Para más información, consultad el procedimiento para determinar la tarifación social